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Soluciones Artesolar

Para Artesolar, la luz de la calle es más que un simple destello nocturno; es un testimonio de tecnología y dedicación profesional. En cada oficina iluminada, no solo hay luz, sino también una mejora palpable en el bienestar y la salud de las personas.

Tú aportas tus ideas; nosotros los medios, la tecnología y la experiencia. Desde el concepto hasta la implementación, desde la planificación hasta la ejecución, aseguramos que tu visión se convierta en soluciones tangibles. La tecnología se pone al servicio del bienestar y la innovación se entrelaza con la sostenibilidad.

Hace años que Artesolar nació con la misión de unir esfuerzos. Estamos aquí para ayudarte a convertir tus ideas en realidades buscando mejorar el bienestar de las personas, fomentar el ahorro energético y contribuir a un planeta más saludable.

Reglamento canal ético

¿Qué es?

El canal ético es un mecanismo interno de comunicación que permite a empleados, colaboradores, proveedores y otras partes interesadas informar de manera confidencial sobre posibles infracciones normativas, conductas irregulares o prácticas corruptas dentro de una organización o omportamientos contrarios al marco legal vigente, al Código de Conducta y/o a los valores éticos dela empresa 

Este canal es una herramienta diseñada para la comunicación segura y confidencial de irregularidades, regulado según la Directiva Europea 2019/1937 y la Ley 2/2023 de 20 de febrero.

  • Confidencialidad: Se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante.
  • Respeto al anonimato: Se respeta el anonimato de las personas que no deseen identificarse.
  • Imparcialidad y objetividad: La gestión del Canal Ético se lleva a cabo de manera imparcial y objetiva.
  • Ausencia de represalias: No se tomarán represalias respecto del informante que comunique de buena fe.
  • Respeto a los derechos: Se respeta los derechos de todas las partes involucradas en la gestión de los expedientes.
  1. Detección de Irregularidades: Permite identificar y corregir conductas inapropiadas o ilegales de manera temprana.
  2. Protección del Denunciante: Garantiza que las personas que informen sobre irregularidades estén protegidas contra represalias.
  3. Mejora de la Transparencia: Fomenta una cultura de apertura y responsabilidad dentro de la organización.
  4. Cumplimiento Normativo: Ayuda a las organizaciones a cumplir con las regulaciones legales, evitando sanciones y fortaleciendo la confianza de los stakeholders.
  5. Prevención de la Corrupción: Actúa como una barrera contra prácticas corruptas, contribuyendo a un entorno ético y justo.

Directiva Europea 2019/1937

La Directiva Europea 2019/1937, adoptada el 23 de octubre de 2019, establece las bases para la protección de las personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión. Esta normativa:

  • Obliga a las organizaciones públicas y privadas a establecer canales de denuncia internos y externos.
  • Protege a los denunciantes contra represalias, asegurando su anonimato y confidencialidad.
  • Promueve la creación de procedimientos claros para la recepción, seguimiento y respuesta a las denuncias.

Ley 2/2023 de 20 de febrero

En España, la Ley 2/2023 de 20 de febrero regula específicamente la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción. Esta ley:

  • Extiende la protección a todas las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten y denuncien infracciones legales.
  • Obliga a las entidades a implementar canales éticos efectivos, tanto internos como externos, para la recepción de denuncias.
  • Establece medidas para garantizar la confidencialidad y la protección de los denunciantes, incluyendo sanciones para quienes intenten tomar represalias.
  • Fomenta la cultura de transparencia y responsabilidad en las organizaciones.

 

Presentación de comunicaciones: Las comunicaciones pueden realizarse de las siguientes formas:

  • Por escrito, a través del formulario del Canal Ético en la web
  • Por correo postal, a la atención de la Comisión del Código de Conducta.

 

Confidencialidad de la identidad del informante: Se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante en todo momento. La revelación de su identidad solo podrá realizarse en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora, con las debidas salvaguardas establecidas en la normativa aplicable.

Comunicaciones anónimas: El Canal Ético admite la posibilidad de formular comunicaciones anónimas, y se prohíbe cualquier acción tendente a averiguar o revelar la identidad del informante que haya optado por el anonimato.

Prohibición de represalias: Los informantes que comuniquen irregularidades de buena fe no sufrirán represalias. Se prohíben las comunicaciones realizadas a sabiendas de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad.

Tratamiento de los datos personales: Los datos personales serán tratados con el fin de procesar la comunicación y decidir sobre su admisión o inadmisión. Se garantiza la confidencialidad de los datos y se cumplen todas las obligaciones legales en materia de protección de datos.

Ejercicio de derechos de protección de datos personales: Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación y otros reconocidos por la normativa aplicable.

Régimen disciplinario: El incumplimiento de esta política podrá dar lugar a sanciones disciplinarias.

¿Qué datos recopilamos a través de la Web?

En caso de identificarte podremos recabar: nombre, apellido, email, teléfono y los datos personales del/los tercero/s que nos proporciones en la comunicación.

¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?

  • Gestionar las comunicaciones
  • Adoptar las medidas correctivas correspondientes y,
  • En caso de ser necesario, informarle sobre el resultado del procedimiento.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?

La base legal es la obligación legal o, en su defecto, el interés público.

¿Durante cuánto tiempo vamos a mantener los datos personales?

Los datos serán conservados durante el plazo estrictamente necesario para esclarecer los hechos comunicados. En todo caso transcurridos seis (6) meses se procederá a la anonimización de los datos facilitados salvo que sean investigados en un entorno legal distinto.

Política de privacidad de Artesolar.